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Construir un proyecto: Admisibilidad
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La información siguiente ayudará a los promotores de los proyectos a orientarse en materia
de la admisibilidad de los gastos. El texto de referencia es
el reglamento (CE) 448/2004.
La admisibilidad de
un gasto se juzgará en referencia a su contexto general, a su naturaleza y
a su importe.
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Secrétariat Technique
Conjoint Programme Interreg IIIB MEDOCC
Lungotevere Thaon di
Revel, 1 00196 Roma - Italia
Tel. +39.06.3220618 +39.06.3236178 - Fax +39.06.3204932
stc.medocc@infrastrutturetrasporti.it
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- Gastos de personal
- Gastos de viaje, alojamiento y manutención
- Inmovilizado
- Existencias
- Gastos generales de gestión
- Prestaciones de servicios
- Publicidad, propaganda y relaciones públicas
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Los gastos financieros: intereses de deuda, especulación, diferencias
de cambio, multas ó penalizaciones financieras y gastos de procesos contenciosos,
y todos los otros gastos puramente financieros.
- La compra de existencias que no sean estrictamente indispensables para
la realización del proyecto (vehículos particulares o comerciales, máquinas ferroviarias,
naúticas y similares).
- Viajes y estancias, infraestructuras, bienes
de equipo o prototipos y existencias ofrecidos gratuitamente al proyecto.
- Los gastos relativos a subcontratas que produzcan un aumento
en el coste de ejecución de la operación, sin aportar un valor añadido
proporcional.
- Intereses ó rentas de capitales invertidos.
- Provisiones para futuras pérdidas o gastos.
- Provisiones para acreedores dudosos.
- Contribuciones en especie.
- Gastos superfluos o exagerados.
- Gastos de marketing, venta y distribución de productos y de servicios
- Gastos sostenidos en el marco de otro proyecto. |
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